Si deseas realizar un viaje fuera del país, pero no tienes ni idea si posees una orden de Arraigo Nacional, en el presente artículo te mostraremos los distintos pasos que deberás cumplir para poder determinar si poseemos una orden de arraigo nacional, entre otra cantidad de información relacionada de gran interés
Si deseas saber más sobre este tema de gran importancia e interés solo debes seguir leyendo el presente artículo!!!!
TABLA DE CONTENIDO
Cómo saber si tengo orden de arraigo nacional
Para poder saber si tenemos una orden de arraigo nacional, tenemos tres métodos básicos para lograrlo, los cuales son:
- Mediante el Internet, este proceso a través del internet en realidad es bastante sencillo, solo será necesario seguir de la manera correcta los pasos que a continuación te detallamos:
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- Ubicar una computadora, con acceso a internet que nos permita ingresar a los portales web oficiales sin dificultad.
- Ingresar al portal web oficial, de la Policía de Investigación de Chile, desde el navegador de tu computador.
- Ubicar en la pantalla la alternativa “Servicios”, al ser colocar el cursor del mouse sobre ella, se desplegará automáticamente un menú de alternativas donde tendrás que selecciones la opción “Control Migratorio” y hacer clic en ella.
- Ubicar la opción “Certificaciones de arraigo”, dentro de la pantalla que se desplegará, y hacer clic en esta opción.
- Crear cuenta y usuario, en la página nueva que se desplegará automáticamente, para esto deberás llenar los datos solicitados. Una vez realizado esto, se deberá ingresar al sistema y sigue las instrucciones dadas por él.
De manera automática, en pantalla se mostrará la información solicitada, donde se señalará si posees algún impedimento para viajar o no, este documento se puede descargar o imprimir en el caso que desees poseer este documento.
- De manera presencial, para ello deberás presentarte en la sede de la Policía de Investigación de Chile (en el área de extranjería), más cercana a tu domicilio, en esta sede se podrá solicitar la verificación de una orden de arraigo.
Para ello se deberán entregar los siguientes recaudos:
- Copia Fotostática del Pasaporte.
- Documento de Identidad utilizado en el viaje.
- Visa de Residencia en el pasaporte o copia fotostática del certificado de Permanencia Definitiva, en los casos de extranjeros residentes en el país.
- Poder, solo en los casos de que alguna persona distinta al titular realice este trámite.
- Por vía telefónica, La Policía de Investigación posee dos líneas telefónicas a disposición de los usuarios, para que puedan realizar este tipo de trámites sin necesidad de salir de casa y puedan sin embargo confirmar toda la información necesaria.
Estos números telefónicos son 2295 36 48 o 2295 36 49, los mismos se encuentran disponibles para los usuarios en el horario de atención siguiente, lunes a viernes de 7:30 am a 4:30 pm.
Qué es una orden de arraigo
Una Orden de Arraigo, es un documento indicativo que en consecuencia de un proceso penal o un proceso judicial abierto, un individuo en particular no puede salir del país (pasar sus fronteras), lo cual hace que en caso de poseer una orden de arraigo nacional y pretender salir del país la policía detendrá al individuo.
En dependencia del caso en particular, el individuo será detenido o en su defecto se le impedirá salir del país hasta que se cumplan con todas las multas del proceso, en el caso Chileno la implantación de una orden de arraigo es muy frecuente al existir incumplimiento en la pensión alimenticia de los hijos.
Se podría salir del país teniendo multas de tránsito
En relación a lo que estipulan los Juzgados de Policía Locales, es posible salir del país en aquellos casos donde se posea una multa de transito, sin embargo es importante destacar que si los plazos de pago establecidos por la ley para la realización del pago de dicha multa no se cumple.
El tribunal emitirá inmediatamente una orden de arresto al ciudadano que incumplió el plazo, que en este caso si posee injerencia en los planes a la hora de viajar fuera del país, ya que con esta orden de arresto no podrás viajar fuera del territorio Chileno.
Qué es una orden de arresto y qué implica
Una orden de arresto es la orden emitida (dictada) por un juez, aplicando la ley y llevado al ciudadano en cuestión en custodia. Esta orden de arresto le permite a los encargados de la aplicación de las leyes la detención en cualquier lugar y en cualquier momento a un ciudadano (sobre el que es dictada la orden).
Una vez se realice la detención, ingresaras a la cárcel, pero en dependencia de la naturaleza del arresto, podrías disfrutar de la oportunidad de depositar una fianza y ser liberado de la cárcel.
Sin embargo es importante que se tenga conocimiento, que sin importar el ciudadano se encuentra en la cárcel o allá cancelado su fianza, deberá comparecer ante un Tribunal para responder a la denuncia de tipo penal, la cual origino su orden de arresto.
El proceso en relación a lo que se establece en el texto de la Ley de Organización y Atribuciones de los Juzgados de Policía Local, es el siguiente:
- Todas las Multas aplicadas por el Juzgado de Policía Local, se deberán cancelar en la Tesorería Comunal o Municipal, que corresponda en un plazo no mayor a cinco días.
- En los casos donde ya haya transcurrido el plazo de los cinco días, y no se realice el pago de la multa, se realizará inmediatamente una orden de arresto en contra del ciudadano del infractor.
- En relación en lo estipulado en el artículo 29 de la ley, nos indica que si el infractor no cancela la multa, sufrirá por la vía de sustitución y apremio, un día de prisión por cada 50 pesos la multa emitida. En caso que la multa sea inferior a 50 pesos, el infractor sufrirá un día de prisión.
Es de suma importancia que se tenga en cuenta, que una vez se emita una orden de arresto, esta no podrá quedar sin efecto o suspenderse, salvo en los casos en los que se acredite la cancelación de la multa o que exista una orden directa del tribunal que dicto la orden de arresto.
Quién lo fiscaliza al salir del país
Los entes que se encargan de la realización de todos los controles de ingresos y salidas del país (Chile), son el Departamento de Policía Internacional y el Departamento de Extranjería, ambos dependientes directamente de la Policía de Investigaciones de Chile.
Cómo verificar si puedo salir del país
Si deseas viajar o ya tienes un viaje planeado, pero no sabes o tienes dudas de la posibilidad de la existencia de una orden de arraigo emitida a tu nombre, será recomendable que te acerques a alguna sede de la Policía de Investigaciones y consultar si existe algún impedimento para salir del país.
En los casos donde la orden de arraigo este asociada con alguna multa, deberás regularizar esta situación a la brevedad posible, para evitar problemas al momento de salir o entrar al país.
Diferentes valores según el tipo de multa
Existen 4 tipos de valores o categorizaciones de multas, esta categorización se basa en el nivel de peligro que representa a la vía pública, o nivel de gravedad que implica. Las cuales son:
- Faltas Gravísimas, la multa aplicable va desde 1,5 a 3 UTM (72.000 a 144.400 $) y dentro de ellas podemos encontrar:
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- No detenerse en una señalización de Pare.
- Manejar sin licencia.
- Manejar bajo la influencia de estupefacientes o drogas.
- No respetar la luz roja de un semáforo.
- Falas Graves, la multa aplicable va desde 1 a 1,5 UTM (48.000 a 72.000 $), dentro de ellas podemos encontrar:
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- Manejar con la revisión técnica rechazada o vencida.
- Manejar con una licencia de conducir de nivel diferente al tipo de vehículo que conduce.
- Manejar un vehículo sin placa patente.
- No respetar vías exclusivas.
- Entre otras.
- Faltas menos graves, la multa aplicable va desde 0,5 a 1 UTM (24.400 a 48.000 $), dentro de ellas podemos encontrar:
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- Conducir con exceso de pasajeros o de carga.
- No utilizar el casco cuando se deba hacerlo.
- Aparcar el vehículo a menos de 10 mts de las esquinas.
- Estacionarse o detenerse en doble vía.
- Manejar con algún tubo de escape en el vehículo que no sea reglamentario.
- Aparcar el vehículo sobre la acera.
- Faltas Leves, la multa aplicable va desde 0,2 a 0,5 UTM (9.600 a 24.000 $), dentro de estas faltas se encuentran todas aquellas faltas a la ley de transito que no se encuentran contempladas en las otras tres categorías presentadas con anterioridad.
Cabe destacar que algunas de estas faltas implican sanciones adicionales a la simple implementación de las multas, como por ejemplo la perdida de la licencia de conducir, o la suspensión de la misma por un tiempo determinado.
Gracias por leernos
Nos vemos en el próximo artículo!!!